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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239536
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 118

EMPLAZAMIENTO. JUICIO SOBRE NULIDAD DE ACTA. SUS VICIOS QUEDAN PURGADOS SI LA PERSONA SE HACE SABEDORA DEL JUICIO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 118

Precedentes

Amparo directo 8583/86. Mercedes Gómez Ocegueda y otro. 12 de noviembre de 1987. Cinco votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Tarcisio Obregón Lemus.
Registro digital (IUS): 239536