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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 164
INTERES JURIDICO PARA RECLAMAR UNA LEY FISCAL. SE PRUEBA SI EL QUEJOSO APARECE COMO DEUDOR DE LOS CREDITOS QUE SE FUNDAN EN ELLA.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 164
Si un procedimiento de ejecución tiene como deudor al quejoso y los mismos se fundan en la ley cuya inconstitucionalidad se plantea, debe considerarse que el interés jurídico se encuentra acreditado aunque dichos créditos se refieran a una negociación respecto de la que el quejoso no prueba ni que es titular de la licencia de funcionamiento ni propietario de la misma.
Precedentes
Amparo en revisión 11668/84. Francisco Soto Ordaz. 6 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ernesto Díaz Infante. Ponente: José Manuel Villagordoa. Secretario: Jorge Trujillo Muñoz.