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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 174
JURISPRUDENCIA, FALTA DE IDENTIFICACION DE LA. NO AFECTA SI SE REPRODUCE EL CRITERIO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 174
Si en la sentencia reclamada no se identifica una jurisprudencia que se da como fundamento pero se reproduce prácticamente en forma literal el criterio sustentado, no puede considerarse que se afecte al quejoso, pues conoció las razones en las que se fundó el acto reclamado.
Precedentes
Amparo directo 7805/86. Tomás Jiménez Contreras. 22 de abril de 1987. Cinco votos. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra. Secretario: Raúl Melgoza Figueroa.