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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239623
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 187
LEYES MUNICIPALES, REVISION EN AMPARO CONTRA. LEGITIMACION DE. LAS AUTORIDADES MUNICIPALES PARA INTERPONERLO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 187
Si bien es cierto que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia ha establecido jurisprudencialmente que, tratándose de amparo contra leyes, sólo se encuentran legitimadas para hacer valer la revisión en contra de la sentencia del Juez de Distrito que otorgó el amparo por considerar inconstitucionales los preceptos, las autoridades que intervinieron en la formación de la ley y no las encargadas de su ejecución, debe inferirse que tratándose de leyes municipales emanadas de la Legislatura Local, las autoridades municipales pueden formular el recurso de revisión para defender su constitucionalidad pues además de que lógicamente tuvieron una intervención informal en la formulación de la ley, de no aceptarlo se vulneraría el principio de autonomía municipal que se consagra en el artículo 115 de la Constitución y que fue ampliamente defendido en el seno del Congreso Constituyente, reafirmado por el Constituyente Permanente en las reformas de 1982 al precepto citado y justificado por la doctrina.
Precedentes
Reclamación en amparo directo 5600/86. Martín Chonguin Camacho. 22 de octubre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Hilda Cecilia Martínez González.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION EN UN AMPARO CONTRA LEYES MUNICIPALES. LAS AUTORIDADES MUNICIPALES SE ENCUENTRAN LEGITIMADAS PARA INTERPONERLO.".