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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239631
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 192

MATRIMONIO, NULIDAD DE, COMPETENCIA EN UN AMPARO EN EL QUE SE RECLAMA LA, VINCULADA A UNA DECLARACION DE DIVORCIO. CORRESPONDE A UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO Y NO A LA TERCERA SALA DE LA SUPREMA CORTE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 192

Precedentes

Amparo directo 5119/86. María de Lourdes Villarreal de R. 12 de noviembre de 1987. Cinco votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Tarcisio Obregón Lemus. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volúmenes 145-150, página 214. Amparo directo 5221/80. Elena Ceballos Saracho de Betancourt. 20 de marzo de 1981. Cinco votos. Ponente: Gloria León Orantes. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA EN UN AMPARO EN EL QUE SE RECLAMA LA NULIDAD DE UN MATRIMONIO, VINCULADA A UNA DECLARACION DE DIVORCIO. CORRESPONDE A UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO Y NO A LA TERCERA SALA DE LA SUPREMA CORTE.".
Registro digital (IUS): 239631