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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239632
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 193

MATRIMONIO, NULIDAD DE. EFECTOS JURIDICOS DE LA REVISION OFICIOSA DE LA SENTENCIA. EFECTOS JURIDICOS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 193

Precedentes

Amparo directo 992/85. María de Jesús Mejía Contreras. 25 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Guillermo A. Hernández Segura. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volúmenes 163-168, página 75. Amparo directo 8086/81. Guadalupe Mejía Paredes. 18 de noviembre de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gloria León Orantes. Secretario: Héctor Federico Gutiérrez de Velasco René. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 39, Cuarta Parte, página 41, tesis de rubro "MATRIMONIO, NULIDAD DEL. REVISION DE OFICIO.". Notas: En los Volúmenes 163-168, página 75, la tesis aparece bajo el rubro "MATRIMONIO, NULIDAD DE. EFECTOS JURIDICOS DE LA REVISION OFICIOSA DE LA SENTENCIA.". En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION OFICIOSA DE LA SENTENCIA DE NULIDAD DE MATRIMONIO, EFECTOS JURIDICOS DE LA.". En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION OFICIOSA DE LA SENTENCIA DE NULIDAD DE MATRIMONIO. SUS EFECTOS JURIDICOS.".
Registro digital (IUS): 239632