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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239650
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 202

MULTAS EN EL RECURSO DE RECLAMACION. PROCEDE IMPONERLAS CUANDO AQUEL SE INTERPONE SIN MOTIVO Y DE MALA FE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 202

Precedentes

Reclamación en amparo directo 2521/86. Humberto Cruz Garcés. 29 de enero de 1987. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Martín Sánchez y Romero. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volúmenes 205-216, página 112. Reclamación en amparo directo 630/86. Julio César Silva A. 12 de junio de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Oscar Roberto Enríquez Enríquez.
Registro digital (IUS): 239650