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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 219
OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA MUTUO CONSIGNADO EN INSTRUMENTO PUBLICO EN EL QUE SE ESPECIFICA QUE SE ENTREGARON DOLARES Y SE OBLIGARON A DEVOLVERLOS. NO LO DESVIRTUAN MERAS PRESUNCIONES (LEGISLACION DEL ESTADO DE MORELOS).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 219
De acuerdo con los artículos 262 y 302, fracción I, del Código de Procedimientos Civiles de ese Estado, si en un contrato de mutuo consignado en escritura pública incuestionablemente se expresa que se entregaron dólares y que previa lectura del mismo, firmaron de conformidad los contratantes quiénes actuaron con la capacidad legal necesaria para tales actos jurídicos sin que en forma alguna pueda afirmarse que tenían suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria, máxime si los términos del contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se debe estar al sentido literal o redacción de sus cláusulas, sin que se deba acudir a las reglas de la interpretación y sin que puedan desvirtuarse esos hechos con pruebas de las que sólo se derivan presunciones; además de que si los mutuarios no hubieren estado de acuerdo con las palabras utilizadas en el contrato, al no reflejar con fidelidad la pretendida intención de recibir pesos mexicanos hubiera bastado que no lo firmaran.
Precedentes
Amparo directo 4505/87. Inmobiliaria Bugambilia, S.A. y otros. 23 de noviembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ernesto Díaz Infante. Ponente: José Manuel Villagordoa. Secretario: Miguel Cícero Sabido.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "MUTUO CONSIGNADO EN INSTRUMENTO PUBLICO EN EL QUE SE ESPECIFICA QUE SE ENTREGARON DOLARES Y SE OBLIGARON A DEVOLVERLOS. NO LO DESVIRTUAN MERAS PRESUNCIONES (MORELOS).".