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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239664
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 220

OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA MUTUO EN DOLARES. NO LO INVALIDA LA VIOLACION DE LA AUTORIZACION A UN EXTRANJERO DE CELEBRAR UNA OPERACION EN MONEDA NACIONAL, DE ACUERDO CON EL ARTICULO 66 DE LA LEY GENERAL DE POBLACION.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 220

Precedentes

Amparo directo 4505/87. Inmobiliaria Bugambilia, S.A. y otros. 23 de noviembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ernesto Díaz Infante. Ponente: José Manuel Villagordoa. Secretario: Miguel Cícero Sabido. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "MUTUO EN DOLARES. NO LO INVALIDA LA VIOLACION DE LA AUTORIZACION A UN EXTRANJERO DE CELEBRAR UNA OPERACION EN MONEDA NACIONAL, DE ACUERDO CON EL ARTICULO 66 DE LA LEY GENERAL DE POBLACION.".
Registro digital (IUS): 239664