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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239668
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 224

OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA. SU CUMPLIMIENTO TRATANDOSE DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 224

Precedentes

Amparo directo 12098/84. Salomón Issa Murra y Combugas, S.A. 19 de febrero de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: Waldo Guerrero Lázcarez. Nota: En los Volúmenes 217-228, página 212, la tesis aparece bajo el rubro "OBLIGACIONES CONTRAIDAS EN MONEDA EXTRANJERA, CUMPLIMIENTO DE LAS. ARRENDAMIENTO FINANCIERO.". Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 163-168, Cuarta Parte, página 103, tesis de rubro "OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA. APLICACION DEL ARTICULO 9o. TRANSITORIO DE LA LEY MONETARIA, CON RELACION A LA NULIDAD ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 9o. DE LA PROPIA LEY.".
Registro digital (IUS): 239668