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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239682
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 235
PATRIA POTESTAD, INCOMPETENCIA DE LA TERCERA SALA PARA CONOCER DE UN JUICIO SOBRE, CUANDO EL MENOR HA ALCANZADO LA MAYORIA DE EDAD.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 235
Si en una sentencia reclamada en un juicio de amparo de única instancia, en uno de sus puntos se decide sobre la patria potestad de un menor pero la misma ya no tendrá que estudiarse al advertir de modo evidente que ya alcanzó la mayoría de edad, la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia carece de competencia para conocer del caso, si subsisten otros problemas que corresponden al conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, como lo relativo a un divorcio.
Precedentes
Amparo directo 1945/87. Mario Antonio Ticas Montoya. 21 de octubre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Hilda Cecilia Martínez González.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA. CARECE DE ELLA LA TERCERA SALA PARA CONOCER DE UN JUICIO EN EL QUE SE DISCUTE SOBRE LA PATRIA POTESTAD PERO ELLO NO PODRA ESTUDIARSE POR HABER ALCANZADO LA MAYORIA DE EDAD EL MENOR.".