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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 241
PATRIA POTESTAD, PERDIDA DE LA, POR ABANDONO DE DEBERES (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 241
El padre que no demuestra interés alguno para proveer a la subsistencia, cuidado y educación de su hijo, a pesar de tener a su alcance los medios para hacerlo, debe perder la patria potestad sobre él, atento a lo establecido en el artículo 444, fracción III, del Código Civil, del Estado de Nuevo León porque su conducta puede poner en peligro la salud o la seguridad del niño; sin que sea óbice a lo anterior, el hecho de que la madre provea a la subsistencia y cuidado del menor, porque la situación de desamparo debe juzgarse según la conducta del progenitor que realiza el abandono, con independencia de la actitud asumida por el otro.
Precedentes
Séptima Epoca:
Informe 1988, página 172. Amparo directo 5878/87. Ariela Katz Kenner. 9 de diciembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volúmenes 217-228, página 241. Amparo directo 1858/87. Etchika Juárez Fernández. 21 de octubre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Hilda C. Martínez González.
Volúmenes 217-228, página 241. Amparo directo 6323/85. Rubén Barrios Graff. 18 de febrero de 1987. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretaria: Hilda C. Martínez González.
Volúmenes 199-204, página 26. Amparo directo 6509/84. Carlos Orozco Vargas. 19 de agosto de 1985. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: José Nabor González Ruiz.
Notas:
En los Volúmenes 199-204, página 26, la tesis aparece bajo el rubro: "PATRIA POTESTAD, PERDIDA DE LA.".
En los Informes de 1987, página 243 y 1988, página 172, esta tesis aparece bajo el rubro: "PATRIA POTESTAD. PERDIDA DE LA MISMA POR ABANDONO DE DEBERES. (ESTADO DE NUEVO LEON).".
En el Informe de 1987, página 244, la tesis aparece bajo el rubro: "PATRIA POTESTAD. PROCEDE SU PERDIDA SI EL PADRE NO PROVEE A LA SUBSISTENCIA DE LOS HIJOS.".
Esta tesis también aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo I, Primera Parte-1, página 372, bajo el rubro: "PATRIA POTESTAD, ABANDONO DE DEBERES COMO CAUSAL DE PERDIDA DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).".