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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239731
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 262

PRUEBA TESTIMONIAL. VALORACION DE LA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 262

Precedentes

Amparo directo 4018/87. Amador Rodríguez Salvador e Idolina Pulido de Rodríguez. 10 de septiembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Arroyo Moreno. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 80, página 30. Amparo directo 1530/74. Jorge Cuétara Arizmendi. 21 de agosto de 1975. Mayoría de tres votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Disidente: Arturo Serrano Robles. Volumen 74, página 61. Amparo directo 5249/73. Manuel Sáenz Manrique. 14 de febrero de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen 41, página 13. Amparo directo 589/71. Raymundo Morales Flores. 8 de mayo de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Quinta Epoca: Tomo CXXIX, página 647. Amparo directo 397/55. Bernardino Silva U. 30 de agosto de 1956. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 239731