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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239736
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 267

QUEJA. ES IMPROCEDENTE SI LA AUTORIDAD RESPONSABLE DECIDE QUE NO PROCEDE CONDENAR EN COSTAS, PORQUE LA SENTENCIA DE AMPARO QUE CUMPLIMENTA NADA RESOLVIO SOBRE ESA CUESTION.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 267

Precedentes

Amparo directo 147/81. Suña Gershenson Gervits. 5 de agosto de 1987. Mayoría de cuatro votos contra uno. Disidente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretaria: Hilda Martínez González.
Registro digital (IUS): 239736