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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 269
QUEJA POR DEFECTUOSO CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA DE AMPARO. QUEDA SIN MATERIA SI SE DEJO SIN EFECTO LA SENTENCIA QUE SE IMPUGNA.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 269
Si se hace valer un recurso de queja en contra de una sentencia dictada en acatamiento de una de amparo por considerar que se había incurrido en su defectuoso cumplimiento, pero dicha sentencia impugnada es dejada sin efecto en acatamiento de una nueva sentencia de amparo, el recurso de queja queda sin materia al no subsistir el acto contra el que se hizo valer.
Precedentes
Queja civil 114/80. Inmobiliaria La Peralta, S.A. 3 de junio de 1987. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: Carlos Arellano H.