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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239760
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 282

REGISTRO CIVIL. ANTES DEL 5 DE DICIEMBRE DE 1957 NO SE EXIGIA QUE LOS COMPARECIENTES FIRMARAN LAS ACTAS DE NACIMIENTO (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 282

Precedentes

Amparo directo 7400/85. María Concepción Valdés Rojas. 20 de febrero de 1987. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: Waldo Guerrero L. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "ACTAS DE NACIMIENTO. ANTES DEL 5 DE DICIEMBRE DE 1957 NO SE EXIGIA QUE LOS COMPARECIENTES LAS FIRMARAN (COAHUILA).".
Registro digital (IUS): 239760