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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239763
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 284

REGISTRO CIVIL. NULIDAD DE ACTAS DE NACIMIENTO. NO PROCEDE CUANDO ALEGANDOSE FALSEDAD DE LA FILIACION, NO SE PRUEBA E IMPLICITAMENTE SE ADMITE EL ENTRONCAMIENTO CON LOS PADRES.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 284

Precedentes

Amparo directo 4259/80. Candelario Carmona Méndez y otros. 7 de abril de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ernesto Díaz Infante. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretaria: Hilda Martínez González. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "ACTAS DE NACIMIENTO. NO PROCEDE SU NULIDAD CUANDO ALEGANDOSE FALSEDAD DE LA FILIACION NO SE PRUEBA E IMPLICITAMENTE SE ADMITE EL ENTRONCAMIENTO CON LOS PADRES.".
Registro digital (IUS): 239763