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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 284
REGISTRO CIVIL. NULIDAD IMPROCEDENTE DE ACTA DE NACIMIENTO CUANDO SE FUNDA EN EL HECHO DE QUE LOS PADRES EN EL JUICIO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO MANIFESTARON NO HABER PROCREADO HIJOS DURANTE SU MATRIMONIO, SI ESA MANIFESTACION CONSTITUYE UNA FALSEDAD (LEGISLACIONES DEL ESTADO DE MEXICO Y DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 284
Aunque en el juicio de divorcio por mutuo consentimiento los cónyuges hayan manifestado que durante su matrimonio no procrearon hijos, tal circunstancia no constituye motivo alguno de nulidad del acta de nacimiento del hijo nacido durante la vigencia del matrimonio, si aquella manifestación constituye una falsedad que los padres hayan preparado con el objeto de obtener, sin mayores dilaciones, la disolución del vínculo matrimonial, que obviamente no puede ni debe causar perjuicio al hijo nacido cuando aún sus padres se encontraban casados, en virtud de que no tiene responsabilidad alguna de la conducta de sus padres, y porque tiene a su favor la presunción legal de ser considerado como hijo de matrimonio de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 307 del Código Civil para el Estado de México, idéntico al 324 del Código Civil para el Distrito Federal.
Precedentes
Amparo directo 4552/86. Víctor Manuel Rivera Aguilar. 25 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Guillermo A. Hernández Segura.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "ACTA DE NACIMIENTO. NULIDAD IMPROCEDENTE, CUANDO SE FUNDA EN EL HECHO DE QUE LOS PADRES EN EL JUICIO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO MANIFESTARON NO HABER PROCREADO HIJOS DURANTE SU MATRIMONIO, SI ESA MANIFESTACION CONSTITUYE UNA FALSEDAD.".