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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 285
RESCISION DE CONTRATO, COMPETENCIA EN UN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL DE, CUANDO SE DEMANDA A UNA PARTE EN EL MISMO Y A UN TERCERO. CORRESPONDE AL JUEZ DEL LUGAR SEÑALADO PARA CUMPLIR LA OBLIGACION Y DEL DOMICILIO DEL OTRO DEMANDADO, SI SON COINCIDENTES.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 285
Si en un asunto no se da la figura de la sumisión a la jurisdicción por haberse demandado a un tercero ajeno al contrato en el que se contenía, debe estarse a las reglas generales de competencia y, por lo mismo, demandándose en un juicio ordinario mercantil la rescisión de un contrato de prestación de servicios, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1104 fracción II y 1105 del Código de Comercio, será Juez competente el del lugar designado en el contrato para el cumplimiento de la obligación así como, cuando se haya hecho la designación, el del domicilio del deudor. Por consiguiente si se señalan como demandados una persona moral que fue parte en un contrato en el que sí se hizo la designación y otra ajena pero cuyo domicilio coincide con el señalado en el contrato debe considerarse como Juez competente al que ejerza jurisdicción en ese lugar.
Precedentes
Competencia civil 216/86. Suscitada entre los Jueces Segundo de Primera Instancia de Coatzacoalcos, Veracruz y Vigésimo de lo Civil del Distrito Federal. 3 de junio de 1987. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: Carlos Arellano Hobelsberger.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA EN UN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL DE RESCISION DE UN CONTRATO, CUANDO SE DEMANDA A UNA PARTE EN EL MISMO Y A UN TERCERO. CORRESPONDE AL JUEZ DEL LUGAR SEÑALADO PARA CUMPLIR LA OBLIGACION Y DEL DOMICILIO DEL OTRO DEMANDADO SI SON COINCIDENTES.".