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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239821
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 325

TERCERO EXTRAÑO, INCOMPETENCIA DE LA TERCERA SALA CUANDO SE RECLAMA UNA SENTENCIA PORQUE NO SE OYO A UN.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 325

Precedentes

Amparo directo 4313/86. Armando Meraz Martínez y otros. 11 de junio de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra. Amparo directo 8257/86. Raquel Ramón de Suárez. 24 de abril de 1987. Cinco votos. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra. Secretaria: María Cristina Pardo Vizcaíno. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA CARECE DE ELLA LA TERCERA SALA CUANDO SE RECLAMA UNA SENTENCIA PORQUE NO SE OYO A UN TERCERO EXTRAÑO, CORRESPONDIENDO A UN JUEZ DE DISTRITO.".
Registro digital (IUS): 239821