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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "TESTIMONIAL SOBRE ABANDONO DE MENORES, SI NO SE CONTRADICE SU VALOR EN APELACION NO PUEDE SER MATERIA DEL AMPARO.".

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239823
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 326

TESTIMONIAL. ABANDONO DE MENORES. SI NO SE CONTRADICE SU VALOR EN APELACION NO PUEDE SER MATERIA DEL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 326

Precedentes

Amparo directo 6760/86. La publicación no menciona el nombre del promovente. 2 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ernesto Díaz Infante. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra. Secretario: Leonel Valdés García. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "TESTIMONIAL SOBRE ABANDONO DE MENORES, SI NO SE CONTRADICE SU VALOR EN APELACION NO PUEDE SER MATERIA DEL AMPARO.".
Registro digital (IUS): 239823