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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239868
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 389

SUSPENSION. DENTRO DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS ORIGINADOS EN ELLA NO QUEDAN COMPRENDIDOS LOS GASTOS CAUSADOS POR EL TERCERO POR LA CONTRAGARANTIA OTORGADA.

[J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 389

Precedentes

Contradicción de tesis 4/86. Afianzadora Serfín, S.A. 26 de octubre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente Ernesto Díaz Infante. Secretario: Tarcisio Obregón Lemus. Nota: La presente ejecutoria constituye jurisprudencia con un solo fallo, de acuerdo con el artículo 107, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Registro digital (IUS): 239868