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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239913
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 50

CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 1634/86. Isabel Rodríguez Aldape. 25 de septiembre de 1986. Cinco votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Julio Ibarrola González. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volúmenes 103-108, página 25. Amparo directo 964/76. José Carlos Solís Vargas. 24 de agosto de 1977. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CIV, página 19. Amparo directo 6071/64. Demetrio P. Kyriakis. 18 de febrero de 1966. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Nota: En el Volumen CIV, página 19, la tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION EN EL AMPARO.".
Registro digital (IUS): 239913