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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239922
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 56

COSTAS EN AMBAS INSTANCIAS. AUNQUE SE HAYA OBTENIDO RESOLUCION FAVORABLE EN EL AMPARO, LA CONDENA ES IMPROCEDENTE SI NO SE PRONUNCIARON DOS SENTENCIAS CONFORMES DE TODA CONFORMIDAD, EN SUS PUNTOS RESOLUTIVOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 56

Precedentes

Queja 50/85. Inmobiliaria Valdés de Occidente, S.A. de C.V. 14 de abril de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Carlos G. Ramos Córdova.
Registro digital (IUS): 239922