Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/239923
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 239923
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 58
COSTAS EN MATERIA MERCANTIL, CONDENA EN, A QUIEN PARCIALMENTE RESULTE CONDENADO EN JUICIO EJECUTIVO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 58
La fracción III del artículo 1084 del Código de Comercio contiene una de las hipótesis en que la condena al pago de las costas debe establecerse con absoluta independencia de la temeridad o mala fe del litigante, pues basta, para que se funde, el hecho de que se decrete condena dentro de un juicio ejecutivo. Ahora bien en un caso se condena al demandado, y si bien el importe de esa condena no comprende la totalidad de las prestaciones reclamadas, esta circunstancia no desautoriza la imposición sobre costas, porque la ley no toma en cuenta el elemento anterior para liberar del pago de costas a quien resultó condenado en un juicio ejecutivo mercantil.
Precedentes
Amparo directo 8636/84. J. Jesús Soto Birruete, sucesión. 16 de junio de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Carlos G. Ramos Córdova.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volúmenes 145-150, página 190. Amparo directo. 4353/80. Planta Procesadora de Leche La Unica, S.A de C.V. 8 de junio de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Enrique Dueñas Sarabia.
Quinta Epoca:
Tomo CXXX, página 681. Amparo directo 5826/55. Guanos y Fertilizantes de México S.A. 5 de diciembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.
Nota:
En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "COSTAS EN MATERIA MERCANTIL, CONDENA EN.".
En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "COSTAS DE PRIMERA INSTANCIA. EN MATERIA MERCANTIL, PROCEDE SU PAGO AL ACTOR, AUNQUE LA SENTENCIA LE HAYA SIDO FAVORABLE SOLO PARCIALMENTE.".
En el Tomo CXXX, página 681, la tesis aparece bajo el rubro "COMPENSACION EN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL.".