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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
239939
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 73

EMBARGO, PROCEDENCIA DE LA NULIDAD DE, CUANDO SE SUSTENTA EN UN PRECEPTO DECLARADO INCONSTITUCIONAL POR EL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 73

Precedentes

Amparo directo 7994/84. "Banco del Noroeste", S.N.C. 13 de octubre de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra. Secretario: Virgilio Adolfo Solorio Campos. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 145-150, Primera Parte, página 100, tesis de rubro "HUELGA SUSPENSION DE EJECUCIONES Y PROCEDIMIENTOS EN CASO DE EMPLAZAMIENTO A. EL PARRAFO TERCERO DEL ARTICULO 453 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, VIOLA EL ARTICULO 14 CONSTITUCIONAL.". Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE EMBARGO, IMPROCEDENCIA DE LA, CUANDO SE SUSTENTA EN UN PRECEPTO CUYO CONTENIDO SE DECLARO INCONSTITUCIONAL POR EL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.".
Registro digital (IUS): 239939