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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240029
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 170

SENTENCIA DE AMPARO. DEFECTO EN EL CUMPLIMIENTO DE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 170

Precedentes

Queja 40/84. Aureliano Ortega Esquivel. 7 de abril de 1986. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Carlos G. Ramos Córdova. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIA DE AMPARO. SE INCURRE EN DEFECTUOSO CUMPLIMIENTO DE LA MISMA CUANDO LA AUTORIDAD JUDICIAL COMUN EN UNA NUEVA SENTENCIA DICTADA EN ACATAMIENTO DE AQUELLA ADEMAS DE NO EXAMINAR LO QUE ORDENABA, CONTRADICE UN CRITERIO JURIDICO QUE YA SE HABIA DEFINIDO.".
Registro digital (IUS): 240029