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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240045
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 184

VIOLACIONES PROCESALES COMETIDAS EN APELACION. PUEDEN COMBATIRSE EN EL AMPARO A FALTA DE RECURSO ORDINARIO O CUANDO HABIENDOLO SE DESECHE O SE DECLARE IMPROCEDENTE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 184

Precedentes

Amparo directo 118/85. Humberto Salazar Pérez y otros. 10 de abril de 1986. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Carlos G. Ramos Córdova.
Registro digital (IUS): 240045