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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240056
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 201

DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL. INEFICACIA PROBATORIA DE LAS ACTAS DE BARANDILLA.

[J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 201

Precedentes

Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 8, página 18. Amparo directo 9427/68. Francisco Ortega Morales. 13 de agosto de 1969. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Volumen 54, página 63. Amparo directo 2275/72. Emma Josefina González de Martínez. 2 de junio de 1973. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen 56, página 20. Amparo directo 3378/72. Jesús Correa Espinoza. 13 de agosto de 1973. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Volumen 64, página 25. Amparo directo 4955/72. Angel Perales Rodríguez. 22 de abril de 1974. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen 83, página 31. Amparo directo 566/75. María del Carmen Ruiz de Santabalbina. 7 de noviembre de 1975. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.
Registro digital (IUS): 240056