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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240058
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 205
MULTA EN EL RECURSO DE RECLAMACION. PARA DETERMINAR SU PROCEDENCIA Y SU MONTO DEBE ATENDERSE A LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO.
[J]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Cuarta Parte; Pág. 205
Tanto para determinar si la conducta de la recurrente encuadra dentro de la hipótesis prevista en el artículo 103 de la Ley de Amparo, como para fijar, en su caso, el importe de la multa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe considerar las circunstancia del caso concreto, mediante un análisis lógico y racional basado en los datos objetivos del expediente, pues la facultad discrecional concedida al más Alto Tribunal por la norma de que se trata, no implica el ejercicio de una conducta arbitraria.
Precedentes
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volúmenes 187-192, página 146. Reclamación en amparo directo 10/84. María de Jesús López Muller. 6 de septiembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Jaime Marroquín Zaleta.
Volúmenes 205-216, página 193. Reclamación en amparo directo 9999/84. Regino Salgado Gutiérrez. 27 de febrero de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Jaime Marroquín Zaleta.
Volúmenes 205-216, página 193. Reclamación en amparo en revisión 5817/84. Manuel Ramos Ramírez. 20 de mayo de 1985. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Carlos G. Ramos Córdoba.
Volúmenes 205-216, página 193. Reclamación en amparo directo 818/85. Luz Becerril García. 12 de septiembre de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Volúmenes 205-216, página 111. Reclamación en amparo directo 2997/85. Margarita Othón de Mata. 19 de febrero de 1986. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.