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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240070
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Cuarta Parte; Pág. 15

CONFESION CALIFICADA DIVISIBLE.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Cuarta Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo directo 6509/84. Carlos Orozco Vargas. 19 de agosto de 1985. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: José Nabor González Ruiz. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volúmenes 139-144, página 27. Amparo directo 7723/79. Alfredo García Enríquez. 20 de octubre de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Volúmenes 139-144, página 27. Amparo directo 5818/79. Club Innisfree Puerto Vallarta, S.A. (hoy Club Vacacional Macumba, S.A.). 9 de octubre de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LXV, página 40. Amparo directo 3467/60. Carlos Tello Carreón. 5 de noviembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 104, página 285, bajo el rubro "CONFESION INDIVISIBLE.". Nota: En el Volumen LXV, página 40, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESION CALIFICADA.".
Registro digital (IUS): 240070