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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240117
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Cuarta Parte; Pág. 78

HEREDEROS, DERECHO DE LOS, A LA MASA HEREDITARIA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Cuarta Parte; Pág. 78

Precedentes

Amparo directo 7328/83. Ramón Gálvez Monroy. 29 de mayo de 1985. Cinco votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Tarcisio Obregón Lemus. Quinta Epoca: Tomo CXXVIII, página 239. Amparo directo 2036/54. Crescencio Estrada y Tomasa Velasco de Estrada. Sucesiones acumuladas. 23 de abril de 1956. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas. En el Tomo CXXVIII y en el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "HEREDEROS, DERECHO DE LOS, A LA MASA HEREDITARIA (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).".
Registro digital (IUS): 240117