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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240129
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Cuarta Parte; Pág. 91

NULIDAD. FALTA DE CAPACIDAD EN UNO DE LOS CONTRATANTES.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Cuarta Parte; Pág. 91

Precedentes

Amparo directo 10479/83. Arturo Guzmán Cruz y Alicia Zamora de Guzmán. 23 de mayo de 1985. Cinco votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Gilberto Pérez Herrera. Quinta Epoca: Tomo XXXIX, página 2497. Amparo civil directo 4510/31. Reyes Vicente. 28 de noviembre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. Ponente: Francisco H. Ruiz. Secretario: Arturo Puente y F. Nota: En el Tomo XXXIX, página 2498, la tesis aparece bajo el rubro "CAPACIDAD, FALTA DE, EN UNO DE LOS CONTRATANTES.".
Registro digital (IUS): 240129