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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240134
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Cuarta Parte; Pág. 98

PODER GENERAL CONFERIDO A VARIAS PERSONAS. PUEDEN EJERCERLO EN FORMA CONJUNTA O SEPARADA, A MENOS QUE EXPRESAMENTE SE DIGA QUE DEBEN ACTUAR JUNTAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON Y DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Cuarta Parte; Pág. 98

Precedentes

Amparo directo 2516/82. "Purina", S.A. de C.V. 11 de febrero de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Ernesto Díaz Infante. Ponente: Mariano Azuela Güitrón.
Registro digital (IUS): 240134