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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240136
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Cuarta Parte; Pág. 99

PRUEBA PRESUNCIONAL, SUFICIENCIA DE LA, PARA TENER POR DEMOSTRADA LA EXCEPCION PERSONAL TRATANDOSE DE UN TITULO DE CREDITO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Cuarta Parte; Pág. 99

Precedentes

Amparo directo 8758/82. Isabel Rivera Rivera. 5 de junio de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Noé Castañón León. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretaria: Alma Leal Treviño. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA PRESUNCIONAL. ES APTA Y SUFICIENTE PARA TENER POR DEMOSTRADA LA EXCEPCION PERSONAL DEL DEMANDADO.".
Registro digital (IUS): 240136