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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240152
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Cuarta Parte; Pág. 138

DAÑOS Y PERJUICIOS, PRUEBA DE LOS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Cuarta Parte; Pág. 138

Precedentes

Amparo directo 945/82. Ana Kviat Nudel. 12 de noviembre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jorge Olivera Toro. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volúmenes 181-186, página 159. Amparo directo 1504/81. Auto Liqui-Refinados, S.A. de C.V. 10 de febrero de 1984. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XLV, Cuarta Parte, página 32, tesis de rubro "DAÑOS Y PERJUICIOS, PRUEBA DE LOS.".
Registro digital (IUS): 240152