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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240159
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 50
APEO Y DESLINDE, OBJETO DE LAS DILIGENCIAS DE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 50
Ya que las diligencias de apeo y deslinde se desahogan en la vía de jurisdicción voluntaria, su resultado no puede ser la privación de derechos de propiedad de los colindantes, porque su objeto es sólo determinar los límites y señales de los predios, y no prejuzgar sobre la propiedad o posesión de esos colindantes o de terceros, sobre la totalidad o parte de los predios deslindados.
Precedentes
Competencia 152/82. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito en el Estado de México y Quinto de lo Civil de Primera Instancia en Naucalpan de Juárez, México. 9 de agosto de 1984. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretaria: Gilda Rincón Orta.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen LXIII, página 19. Amparo directo 7750/59. Juan José Arreola. 6 de septiembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Volumen LIX, página 11. Amparo directo 7619/58. La Nación y la Secretaría de Agricultura y Ganadería. 11 de mayo de 1962. Mayoría de tres votos. Ponente: José López Lira.