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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240162
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 52
ARRENDAMIENTO. RENUNCIA HECHA POR EL ARRENDATARIO AL COBRO DE LAS MEJORAS QUE HICIERE A LA FINCA ARRENDADA. NO INCLUYE A LAS NUEVAS CONSTRUCCIONES.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 52
El Diccionario de la Lengua Española define a las mejoras como "obras voluntarias, útiles o necesarias, ejecutadas en las cosas para aumentar su valor" y a la construcción como "la acción de fabricar, erigir o edificar una cosa". Lo anterior significa que mientras la construcción implica la creación de una nueva cosa que antes no existía, la mejora sólo es la obra ejecutada en algo ya existente para aumentar su valor. Por lo tanto, la renuncia hecha por el arrendatario en el contrato de arrendamiento respectivo al cobro de las mejoras que haga a la finca arrendada, no incluye las nuevas construcciones porque ello contravendría las reglas de interpretación de los contratos, conforme a las cuales "cualquiera que sea la generalidad de los términos de un contrato no deberán entenderse comprendidas en él cosas distintas y casos diferentes de aquéllos sobre los que los interesados se propusieron contratar".
Precedentes
Amparo directo 172/83. Francisco Armendáriz Noriega y otros. 18 de octubre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XIX, página 37. Amparo directo 2253/57. Otto Lincoln Hubp. 7 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: José López Lira.
Nota: En el Volumen XIX, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. LAS MEJORAS Y LAS NUEVAS CONSTRUCCIONES EN EL INMUEBLE OBJETO DEL, NO PUEDEN CONSIDERARSE COMO UNA MISMA COSA.".