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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240173
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 119

CONSTRUCCIONES. INDEMNIZACION QUE DEBE CUBRIR EL DUEÑO DEL TERRENO AL QUE EDIFICO EN EL. DEBE FIJARSE ATENDIENDO AL VALOR DE LA CONSTRUCCION EN LA FECHA EN QUE ESTA SE REALIZO (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 119

Precedentes

Amparo directo 699/83. Antonio Quiroga Escamilla. 18 de octubre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "INDEMNIZACION QUE DEBE CUBRIR EL DUEÑO DEL TERRENO AL QUE EDIFICO EN EL. DEBE FIJARSE ATENDIENDO AL VALOR DE LA CONSTRUCCION EN LA FECHA EN QUE ESTA SE REALIZO (CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE NUEVO LEON).".
Registro digital (IUS): 240173