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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240194
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 151
PATRIA POTESTAD, PRUEBAS PARA LA PERDIDA DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 151
Aun cuando la abuela materna de un menor lo retenga y le proporcione lo necesario para su subsistencia, si tal conducta la realiza contra la voluntad de la progenitora, privándola así ilegalmente del ejercicio de la patria potestad que le corresponde, resulta insuficiente la custodia llevada a cabo bajo pretexto de una indebida conducta de la madre, para decretar la pérdida de la patria potestad con apoyo en un abandono inexistente que, además para acreditar tal condena, en caso de existir el abandono, hace indispensable probar que como consecuencia del mismo sobreviene la posibilidad de la exposición del menor a peligros que comprometieran su salud y seguridad.
Precedentes
Amparo directo 8000/84. Concepción Palafox Hernández. 6 de diciembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 169-174, Cuarta Parte, página 157, tesis de rubro "PATRIA POTESTAD, PRUEBAS PARA LA PERDIDA DE LA.".