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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240199
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 172
PRUEBAS, INEFICACIA DE LAS, SI TIENEN COMO MATERIA HECHOS NO MENCIONADOS EN LA DEMANDA O EN LA CONTESTACION.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 172
Tanto la actora como la demandada deben narrar en los escritos de demanda y contestación los hechos fundatorios de sus acciones y de sus excepciones, respectivamente, y después probarlos, siendo inadmisible que con posterioridad, por medio de pruebas que ofrezcan, pretendan acreditar hechos que no fueron mencionados en los referidos ocursos.
Precedentes
Amparo directo 7640/83. Heriberto Valdez B. 12 de septiembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Jaime Marroquín Zaleta.
Quinta Epoca:
Tomo CXXVI, página 581. Amparo directo 5816/54. Joaquín Chávez Navarro. 25 de noviembre de 1955. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Nota:
En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS. CARECEN DE EFICACIA SI TIENEN COMO MATERIA HECHOS NO MENCIONADOS EN LA DEMANDA O EN LA CONTESTACION.".
En el Tomo CXXVI, página 581, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS, VALORIZACION DE LAS.".