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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240199
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 172

PRUEBAS, INEFICACIA DE LAS, SI TIENEN COMO MATERIA HECHOS NO MENCIONADOS EN LA DEMANDA O EN LA CONTESTACION.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 172

Precedentes

Amparo directo 7640/83. Heriberto Valdez B. 12 de septiembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Jaime Marroquín Zaleta. Quinta Epoca: Tomo CXXVI, página 581. Amparo directo 5816/54. Joaquín Chávez Navarro. 25 de noviembre de 1955. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS. CARECEN DE EFICACIA SI TIENEN COMO MATERIA HECHOS NO MENCIONADOS EN LA DEMANDA O EN LA CONTESTACION.". En el Tomo CXXVI, página 581, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS, VALORIZACION DE LAS.".
Registro digital (IUS): 240199