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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
240212
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 198

SUCESIONES. SI EN EL JUICIO SE CONTROVIERTE LA INCLUSION DE UN BIEN DENTRO DEL ACERVO HEREDITARIO, DEBE SUSPENDERSE LA ADJUDICACION DEL MISMO, HASTA QUE NO SE DECIDA LA CUESTION (LEGISLACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Cuarta Parte; Pág. 198

Precedentes

Amparo directo 4364/83. José Escudero Ames. 17 de septiembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Jaime Marroquín Zaleta.
Registro digital (IUS): 240212