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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 30
ACCION, EXPRESION DE LA.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 30
No puede decirse que no se ejercita una acción por el hecho de no expresarlo en tal o cual parte del escrito de demanda, lo cual sería tan sólo una deficiencia de estilo o de método en la exposición, que no puede trascender al terreno jurídico y restringir la acción de la justicia.
Precedentes
Amparo directo 7439/81. José Luis de la Ree Abril. 28 de marzo de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Jaime Marroquín Zaleta.
Quinta Epoca:
Tomo XVI, página 1092. Agustín Núnez. 7 de mayo de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el número del asunto ni el nombre del ponente.
Nota: En el Tomo XVI, página 1092 y en el Informe 1984, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION.".