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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 94
APERTURA DE CREDITO CON GARANTIA HIPOTECARIA Y PRENDARIA, CONTRATO DE. LOS PAGARES SON SOLO PRUEBA DE CUMPLIMIENTOS PARCIALES.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 94
La prueba de la acción tratándose del incumplimiento de un contrato de apertura de crédito refaccionario, la constituye esencialmente el propio documento contractual y la certificación del contador del banco en términos del artículo 108 de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, y no los pagarés relacionados con dicho contrato, porque si bien ellos concurren integrando la prueba de la acción ejercitada, éstos guardan una situación de dependencia con el negocio que los originó, aun cuando en tales documentos no se exprese su relación con el contrato, toda vez que dichos documentos son pruebas de la ministración del crédito que se hace a los deudores, máxime si en la certificación de la institución acreedora se hace relación a los mismos. Es decir, los títulos de crédito representan la ejecución, los cumplimientos parciales del contrato de apertura de crédito refaccionario, razón por la que esos pagarés no son sino constancia de recepción de esas ministraciones.
Precedentes
Amparo directo 8015/82. Daniel Szclar Bravenman. 28 de marzo de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Gilberto Pérez Herrera.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volúmenes 169-174, página 63. Amparo directo 1943/82. Sara Lee Kim de King y otro. 20 de enero de 1983. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Víctor Hugo Díaz Arellano.
Notas:
En los Informes de 1983 y 1984, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO CON GARANTIA HIPOTECARIA Y PRENDARIA. PRUEBA DE CUMPLIMIENTOS PARCIALES.".
En los Volúmenes 169-174, página 63, la tesis aparece bajo el rubro "CREDITO REFACCIONARIO CON GARANTIA HIPOTECARIA Y PRENDARIA, CONTRATO DE APERTURA DE. PRUEBA DE CUMPLIMIENTOS PARCIALES.".