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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240253
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 120
COMPRAVENTA EN ABONOS. EXPEDICION DE TITULOS DE CREDITO QUE GARANTIZAN EL PRECIO. NO CONSTITUYE PAGO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 120
La expedición de pagarés que documentan el precio de una compraventa en abonos, no constituye el pago del mismo, ya que éstos sólo se libran para documentar el precio de la operación y para una mayor garantía del cumplimiento del contrato. De tal modo que si éstos no han sido cubiertos, es evidente que el precio no ha sido pagado. Además de que los títulos de crédito se presumen recibidos bajo la condición de "salvo buen cobro", de conformidad con el artículo 7o. de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.
Precedentes
Amparo directo 846/83. Effer Rivera Bribiesca. 28 de mayo de 1984. Cinco votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas. Secretario: Víctor Hugo Díaz Arellano.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XIV, página 123. Amparo directo 5715/57. María Encarnación Galíndez viuda de Blancas. 13 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Notas:
En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "COMPRAVENTA EN ABONOS. RESCISION POR FALTA DE PAGO DE LOS PAGARES QUE GARANTIZAN EL PRECIO.".
En el Volumen XIV, página 123, la tesis aparece bajo el rubro "COMPRAVENTA, RESCISION POR FALTA DE PAGO DE LAS LETRAS QUE GARANTIZAN EL PRECIO. PRESCRIPCION DE ESTAS.".