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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 122
COMPRAVENTAS MERCANTILES. NO SE RESCINDEN POR CAUSA DE LESION.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 122
Ya provenga el concepto de lesión de la contestación a la demanda, de la sentencia definitiva de primer grado, o del texto de los agravios planteados en la alzada por la parte reo, la ley mercantil es precisa en cuanto a determinar en su artículo 385 que las ventas mercantiles no se rescinden por causa de lesión.
Precedentes
Amparo directo 7056/81. Harris Corporation. 14 de mayo de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretaria: Alma Leal Treviño.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "VENTAS MERCANTILES. NO SE RESCINDEN POR CAUSA DE LESION.".