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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240266
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 155
CONTRATO PREPARATORIO NULO. NO DA DERECHO A EXIGIR EL OTORGAMIENTO DEL CONTRATO DEFINITIVO (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 155
Conforme a lo dispuesto por el artículo 2477, fracción II, del Código Civil del Estado de Sonora, los contratos preparatorios no son válidos si en ellos no se determina el plazo para el otorgamiento del contrato definitivo y, por tanto, los contratantes carecen del derecho para exigir el cumplimiento del contrato preliminar, pues no puede tener derecho alguno quien lo hace derivar de un contrato que no es válido, ya que por regla general no existe el derecho de exigir el cumplimiento de un contrato nulo, ni las partes están obligadas a cumplirlo, salvo los casos de excepción que la propia ley establece.
Precedentes
Amparo directo 7439/81. José Luis de la Ree Abril. 28 de marzo de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Gilberto Pérez Herrera.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO PREPARATORIO NULO. NO DA DERECHO A EXIGIR EL OTORGAMIENTO DEL CONTRATO DEFINITIVO.".