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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240283
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 173
IMPEDIMENTO. NO ES PRUEBA DE PARCIALIDAD DAR CELERIDAD AL PROCESO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 173
No es prueba de parcialidad de un Magistrado, ni constituye conducta violatoria del derecho de las partes, dar celeridad al procedimiento, porque la justicia debe ser pronta y expedita.
Precedentes
Impedimento 58/83. Domingo Carlos Cantú González. 15 de marzo de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: Gilda Rincón Orta.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "IMPEDIMENTO DE UN MAGISTRADO.".