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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240284
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 177
LEGITIMACION PARA INTERPONER LA DEMANDA DE AMPARO. LA TIENE EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA QUEJOSA SI ACREDITA QUE A LA FECHA DE INTERPOSICION DEL JUICIO DE GARANTIAS EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD EN LA QUE SE LE OTORGO EL PODER YA FUE INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 177
Si se tiene por no interpuesta la contestación de la demanda porque quien se ostentó como representante legal de la empresa demandada no acreditó su personalidad, pues el acta constitutiva de la sociedad con la que pretendió demostrarlo no fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y la demanda de amparo se interpone por la misma persona, pero se demuestra que el acta constitutiva de la sociedad en la que se le otorgó poder ya fue registrada a la fecha en que se promovió el juicio de garantías, la demanda debe admitirse por haber cumplido con todos los requisitos que lo acreditan como representante legal de la quejosa, de conformidad con lo establecido por el artículo 335 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, en el sentido de que cuando una excepción se funde en la falta de personalidad podrá el interesado corregir la deficiencia en cualquier estado del juicio, lo que significa que el no haber demostrado la personalidad en el juicio ordinario no es obstáculo para que en el de amparo se reconozca si, para ese efecto, llega a probarse su existencia.
Precedentes
Amparo directo 3290/83. La Vakita, S.A. 2 de febrero de 1984. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.