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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 240313
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 289
DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE GUERRERO. INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY NUMERO 64 DE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Cuarta Parte; Pág. 289
Si sólo se reclamó la inconstitucionalidad de la Ley número 64 de Desarrollo Urbano del Estado de Guerrero, reformada por Decreto 146, y las liquidaciones combatidas se formularon y notificaron con fundamento en dicha ley, resulta indebida la invocación que el juez de Distrito haga al pronunciar su sentencia, de la reforma sufrida al mencionado ordenamiento legal mediante Decreto 348, motivo por el cual debe concederse la protección de la justicia federal, únicamente por lo que toca a la inconstitucionalidad atribuida al artículo 96 de la multicitada Ley número 64 de Desarrollo Urbano, ya que el mismo es inconstitucional por no contener medio alguno para que los beneficiados con una obra a realizar conozcan el valor de ésta antes de su iniciación, los precios conforme a los cuales habrá de ejecutarse y mucho menos se les otorga la posibilidad de oponerse a la realización de dicha obra.
Precedentes
Amparo en revisión 126/82. Gloria Gómez de Arcos y coagraviados. 20 de julio de 1983. Mayoría de tres votos. Ponente: Gloria León Orantes.